Justicia absuelve a Mapuches de imputaciones por delitos de terrorismo

Sólo cuatro de los 17 comuneros mapuche imputados por cargos de asociación ilícita, incendio, robo de madera y atentado a la autoridad, calificados como delitos de carácter terrorista por el Ministerio Público y el querellante particular (Forestal Mininco), fueron condenados por el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete que entregó hoy su veredicto tras un juicio que se extendió por más de tres meses.

Los condenados por dicho Tribunal fueron Héctor Llaitul Carrillanca, Jonathan Huillical Méndez, José Huenuche Reiman y Víctor Llanquileo Pilquiman. Los delitos por los que se les condenó fueron robo con intimidación y homicidio frustrado y lesiones graves. Cabe destacar que el tribunal desestimó la calificación terrorista para estos delitos, por lo que la pena a ser asignada a los condenados si bien podría ser de más de 15 años, contrasta con los más de cien años que se solicitaban para algunos de ellos bajo la aplicación de la ley antiterrorista.

Los restantes 13 imputados fueron absueltos, dejándose en inmediata libertad a los 8 comuneros que aún se encontraban en prisión preventiva, reuniéndose con sus familiares que se encontraban en la sala, y las cerca de 50 personas que se manifestaban pacíficamente a las afueras del tribunal.
La lectura del fallo propiamente tal, quedó fijada para el próximo martes 22 de marzo.

La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y sus organizaciones miembro en Chile, la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU) y el Observatorio Ciudadano, por un lado, valoran la decisión del Tribunal por cuanto desestima en forma categórica las imputaciones que el Ministerio Público, y en el pasado, el Gobierno de Chile, han formulado en contra de los Mapuche, al acusarlos en forma reiterada de cometer actos terroristas en el marco de su protesta social.

El fallo viene a corroborar lo que diversas instancias de derechos humanos tanto en Chile como a nivel internacional hemos señalado en el sentido de que no existe fundamento alguno que permita calificar los hechos de protesta social mapuche frente al contexto desconocimiento y violación de derechos políticos y territoriales existente en el país, como delitos terroristas.

Cabe señalar que se trata de un hecho que el propio Gobierno de Chile reconoció en octubre de 2010, al sostener que tenía la convicción de que los actos por los que se acusaba a los mapuche no tenían el carácter de terrorista. La declaración del Gobierno fue realizada al suscribir un acuerdo con los presos mapuche a quienes se imputaba la comisión de este tipo de delitos, acuerdo que permitió el término de la huelga de hambre que desarrollaran por más de ochenta días.

Sin embargo, los organismos que suscriben este comunicado consideran subsisten motivos de preocupación. Así José Aylwin, Co director del Observatorio Ciudadano, sostuvo que “las condenas se basan principalmente en el testimonio de un testigo protegido, y en una confesión de un acusado que fue denunciada como obtenida bajo tortura.” A su juicio “ello evidencia las debilidades de los procesos que se sustancian al amparo de la ley antiterrorista, aún luego de su modificación por el Congreso Nacional el 2010”. Por lo mismo, sostuvo, “se mantiene la necesidad de reformarla para adecuarla a las garantías del debido proceso”.

José Araya de CODEPU, por su parte sostuvo que “este veredicto resulta fundamental, puesto a que es el primero que se dicta por los tribunales en una serie de juicios que se van a sustanciar en los próximos meses en contra de mapuche acusados por el Ministerio Público de cometer delitos terroristas.” Sin embargo, manifestó su preocupación por el hecho que “aunque se haya absuelto a los imputados de los delitos de incendio terrorista de los que se acusaba, los jueces consideraron que este delito tenía el propósito de causar miedo y temor en la población.”

Souhayr Belhassen, Presidenta de la FIDH, adicionalmente señaló: “Si bien esta absolución representa un paso positivo, consideramos que a futuro el Ministerio Público no debe solicitar la aplicación de la Ley Antiterrorista, y seguiremos insistiendo en la reforma de esta última.”

Leer más