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24 de octubre de 2003
La Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH),
de acuerdo con el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo
(CCAJAR), con el Comité Permanente de Defensa de los
Derechos (CPDH), y el Instituto Latinoamericano de Servicios
Legales Alternativos (ILSA), expresa su extrema preocupación
por las detenciones en Arauca por parte de la Fiscalía
y del Ejército que tubieron lugar el pasado 21 de octubre
de 2003. Dichas detenciones se encontraron principalmente dirigidas
contra al menos 20 funcionarios públicos, líderes
políticos o candidatos a las próximas elecciones
del 26 de octubre.
La FIDH se encuentra particularmente preocupada por la sistematización
de las detenciones arbitrárias en Arauca, que no sólo
han afectado a líderes políticos, sino que están
afectando a toda la población y en particular a los defensores
de derechos humanos. A este efecto, la FIDH recuerda que entre
el 20 y el 21 de agosto de 2003, 56 personas fueron detenidas
en Arauca, entre los que se encontraban al menos 16 defensores
de derechos humanos y líderes sociales (ver Carta Abierta
del Observatorio para la protección de los defensores
de derechos humanos, programa conjunto de la FIDH y de la OMCT,
de 2 de septiembre de 2003)
Del mismo modo, los dias 12 y 13 de Noviembre de 2002, se detuvo
a un gran número de personas, de las cuales 43 se encuentran
todavía en las cárceles Modelo y Buen Pastor de
Bogotá. Entre ellas se encuentra también un significativo
número de líderes sociales.
La FIDH condena firmemente estas detenciones masivas, que parecen
formar parte de una nueva estrategia de criminalización
de la sociedad y en particular de los líderes políticos
y del movimiento social. La FIDH considera que dichas detenciones
son arbitrarias, ya que, según las informaciones recibidas,
han sido realizadas en función de acusaciones realizadas
por parte de militares o por parte de testigos cuya credibilidad
es fuertemente cuestionada, lo que crea serias dudas sobre su
independencia e imparcialidad.
La FIDH urge al Estado de Colombia a proceder a la liberación
inmediata e incondicional de todos los detenidos en ausencia
de cargos legales válidos, ó, en caso de tener
cargos legales válidos, llevarlos ante un tribunal competente
e imparcial y garantizarles en todo momento sus derechos procesales.
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