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París
20 de septiembre 2002
La Federación
Internacional de Derechos Humanos (FIDH) acoge con preocupación
el examen por parte del Consejo Supremo de Justicia Militar
perunano de la sentencia de condena de José Salinas Zuzunaga
y de Percy Salcedo Sandoval, del Servicio de Inteligencia de
Perú, quienes fueron condenados por torturar a Leonor
La Rosa Bustamante.
La FIDH
recuerda que el examen de violaciones de derechos humanos en
un fuero militar no garantiza las condiciones del debido proceso
y posibilita la impunidad de los responsables de graves crímenes.
El examen
de violaciones de derechos humanos en el fuero militar contradice
el artículo 8.1 de la Convención Interamericana
de DDHH, así como la jurisprudencia de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos, de la que Perú ha reconocido la
competencia en 2001.
Dicha resolución
viola igualmente el artículo 14 del Pacto Internacional
de Derechos Civiles y políticos. Este convenio estipula
que toda violación a los derechos humanos debe ser juzgada
por fuero común, aun cuando ha sido cometido por miembros
de las fuerzas militares. La jurisprudencia universal e interamericana
sobre este tema señala además que los tribunales
militares no alcanzan los estándares de las garantías
de independencia e imparcialidad requeridas por los instrumentos
de defensa de los derechos humanos.
Del mismo
modo, la FIDH recuerda que la importancia excesiva que se sigue
concediendo a las jurisdicciones militares en detrimento de
las civiles constituyó uno de los motivos de preocupación
del Comité contra la tortura al examinar el informe periódico
del Perú, en mayo de 1998 (CAT/C/XX/CRP.1/Add.4 (Part
II).
Dichos acontecimientos
deben entenderse en un contexto muy preocupante de retroceso
de la justicia peruana. El pasado mes de agosto, la FIDH acogió
igualmente con preocupación el fallo emitido por la Sala
Penal Transitoria de la Corte Suprema de Perú que decidió
quitarle la competencia a la justicia ordinaria y reafectar
al fuero militar al caso "Chavín de Huántar",
en el que se acusa a 15 militares por las presuntas ejecuciones
extrajudiciales, en abril de 1997, de tres miembros del Movimiento
Revolucionario Tupac Amaru (MRTA) que habían participado
en la toma de rehenes en la embajada de Japón en Lima.
La FIDH
urge a la Fiscal General de la Nación a que inicie un
procedimiento en el que se investigue, en el fuero común,
las torturas de las que fue víctima Leonor La Rosa Bustamante,
de modo que se cumplan los compromisos internacionales del Estado
peruano y la legislación nacional y en particular el
artículo 321 del Código Penal Peruano que dispone
el juzgamiento bajo el fuero común.
En general,
la FIDH llama a todos los órganos judiciales de Perú
a que cumplan con los compromisos internacionales de Perú
y que consecuentemente todos los casos de violaciones de los
derechos humanos puedan ser juzgados de forma imparcial en tribunales
civiles
La transición de Perú hacia un sistema democrático
requiere una justicia independiente y el fin de la impunidad.
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