Represión violenta de manifestaciones en Ecuador

18/03/2006
Comunicado

La Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH) condena la represión violenta de las manifestaciones en las diversas regiones de Ecuador en la que resultaron varias personas gravemente heridas y en la que más de 10 personas resultaron detenidas.

La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) convocó a una manifestación pacífica para revindicar que se interrumpan las negociaciones de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Estados Unidos, la caducidad del contrato con la petrolera OXY, la cesación de los efectos negativos provocados por el Plan Colombia y la convocación de una asamblea constituyente que pueda tratar esos temas.

En varias provincias del país se empezó a manifestar el 13 de marzo y ahora el movimiento se ha extendido a la mayor parte del país.

La FIDH expresa su preocupación por la violencia con que fueron reprimidas estas manifestaciones por la policía y el ejército. Entre el 14 y el 16 de marzo, más de 15 personas resultaron gravemente heridas, de las cuales 11 en la provincia de Zamora y entre ellas varias personas de tercera edad y un niño de apenas un año de edad (en la provincia del Cotopaxi). En la provincia de Imbabura, un hombre perdió un ojo por el impacto de una bomba lacrimógena disparada por las fuerzas del orden. En las provincias de Pastaza y del Cotopaxi, los militares dispararon armas de fuego y varias personas fueron heridas por bala. El martes 14 de marzo, en Cañar y en Zamora, la policía agotó su dotación de bombas lacrimógenas y enfrentó a la población con piedras. Este mismo día, en la provincia del Cañar, la represión fue particularmente violenta, especialmente hacia las mujeres, los niños y las personas ancianas que sufrieron agresiones físicas y atropellos en sus propias viviendas con bombas lacrimógenas. La FIDH condena también la represión violenta por militares y policías fuertemente armados de metralletas, bombas lacrimógenas y toletes que ocurrió el jueves 16 de marzo en el sector de Guachalá en Cayambe.

En Ecuador casi 20 personas han sido detenidas hasta ahora, de las cuales 15 en la provincia de Zamora incluyendo 2 personas de tercera edad y 2 niños, uno de 4 meses y una de 11 meses. En Quito, el subsuelo del Congreso Nacional está utilizado como local de detención y se señala maltrato a una persona detenida en la provincia de Imbabura.

En Quito, la Catedral está ocupada desde el 14 de marzo por los manifestantes y se teme que las autoridades eclesiásticas pidan el desalojo lo cual podría agravar la situación debido a la fuerte presencia de la fuerza pública dentro y cercando la Catedral. La FIDH rechaza el desalojo extremadamente violento de 20 personas, el jueves 16 de marzo en horas de la mañana que pasaron la noche en las afueras de la Catedral. Igualmente, el martes 14 de marzo, toda la Plaza Grande de Quito fue ocupada por policías y el miércoles 15 de marzo se amenazaron con armas de fuego a estudiantes que estaban movilizados en el sector del Congreso Nacional. El jueves 16 de marzo, la policía atacó con 10 bombas lacrimógenas a la Casa de la Cultura Ecuatoriana la cual no participaba en los eventos. La FIDH condena este acto destructor injustificado.

La FIDH rechaza la represión desmedida y violenta que ha sido utilizada hasta ahora y le urge al gobierno a que resuelva los conflictos sociales por la vía del diálogo. La FIDH acoge con satisfacción el comienzo de conversaciones entre voceros de las comunidades y el gobierno, e invita a que las razones que han originado estas movilizaciones se traten abriendo reales caminos de participación ciudadana, adoptando las reformas institucionales que sean del caso.

La FIDH le recuerda al gobierno ecuatoriano que esos eventos infringen las normas internacionalmente reconocidas y contenidas en los instrumentos internacionales ratificados por el Ecuador. La represión de las manifestaciones pacíficas está en total contradicción con la libertad de reunión pacífica protegida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 20, por la Convención Americana de los Derechos Humanos en su artículo 15 y por el Pacto Internacional sobre los Derechos Civiles y Políticos en su artículo 21. Esta represión también contraviene los Principios Básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente.

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