| JUSTICIA
Y
EXCLUSIONES
Relatoría
:
Taller
Cuatro
A
cargo
de
:
Luis
Guillermo
Pérez
Casas
Secretario
General
Adjunto
-FIDH-.
A.
APRECIACIONES
GENERALES
:
1.)
Debemos
partir
de
que
no
hay
derechos
de
primera,
segunda
o
tercera
categoría,
todos
los
derechos
humanos
en
tanto
derechos
son
exigibles
y
por
tanto
justiciables.
La
dignidad
humana
implica
el
reconocimiento
de
la
interdependencia,
indivisibilidad
y
universalidad
de
todos
los
derechos
humanos
integrando
los
civiles
y
políticos,
los
sociales
económicos
y
culturales,
como
los
derechos
colectivos,
entre
estos
últimos
considerados
el
derecho
a
un
medio
ambiente
sano,
al
desarrollo,
a
la
paz,
y
a
la
soberanía,
entendida
esta
última
como
un
derecho
de
los
pueblos
a
disponer
de
sus
propias
riquezas
y
a
determinar
el
curso
de
sus
políticas
económicas,
teniendo
encuenta
la
satisfación
de
las
necesidades
elementales
de
la
población.
2.)
Debemos
entender
que
si
los
DESC
y
los
derechos
colectivos
son
violados,
estas
violaciones
deben
implicar
responsabilidades
individuales
y
colectivas
respecto
a
los
violadores,
y
deben
ser
sancionados
tanto
civil
como
penalmente.
Respecto
a
estas
violaciones
cotidianas,
masivas
y
generalizadas
en
el
planeta,
también
debemos
reclamar
que
haya
verdad,
justicia
y
reparación.
3.)
Debemos
de
otro
lado
repudiar
y
exigir
que
cese
la
criminalización
de
la
protesta
social,
popular
o
sindical,
la
represión
legal
o
ilegal
contra
quienes
reclaman
la
vigencia
de
los
derechos
humanos
de
sus
pueblos,
de
quienes
lideran
los
procesos
de
transformación
social.
4.)
Repudiamos
igualmente
que
anualmente
se
inviertan
en
armamentismo
más
de
800
mil
millones
de
dólares,
mientras
diariamente
mueren
más
de
11
mil
niños
de
hambre.
La
militarización
de
muchas
sociedades
parece
ser
la
opción
principal
de
los
gobiernos
para
prevenir
o
reprimir
las
inevitables
manifestaciones
o
acciones
contestatarias
de
los
oprimidos,
de
los
excluídos
o
marginados.
5.)
Tenemos
que
enfrentar
los
conceptos
y
políticas
de
marginalidad
que
llevan
a
considerar
que
hay
países,
regiones
e
incluso
continentes
no
viables
para
el
desarrollo
o
la
realización
de
los
derechos
humanos.
Como
también
la
pretensión
de
relativizar
la
universalidad
de
los
derechos
humanos
so
pretexto
de
las
diferencias
culturales,
el
respeto
a
la
identidad
cultural
de
los
pueblos
no
puede
utilizarse
como
argumento
para
que
las
minorías
que
los
gobiernan
violenten
la
dignidad
humana
de
los
mismos
.
6.)
De
otra
parte
se
resalta
que
no
puede
seguirse
admitiendo
que
los
pueblos
del
Sur
sigan
siendo
utilizados
como
depósito
de
los
desechos
tóxicos
del
Norte,
de
su
basura
nuclear,
y
que
este
siga
siendo
el
principal
responsable
impune
de
los
daños
irreparables
contra
el
medio
ambiente
en
el
mundo.
7.)
Se
observa
que
la
creciente
deuda
externa
de
los
países
del
Sur,
las
políticas
de
ajuste
estructural
a
la
que
son
sometidos
los
pueblos
con
toda
la
carga
del
neoliberalismo
que
aumenta
dramáticamente
la
inequidad
en
cuanto
a
la
distribución
de
la
riqueza,
y
que
impide
el
goce
de
los
derechos
humanos
en
su
integralidad,
se
convierte
en
una
bomba
de
tiempo
que
no
desactivarse
oportunamente
ha
de
estallar
tanto
en
el
Sur
como
en
el
Norte,
8.)
Se
repudia
los
embargos
que
so
pretexto
de
combatir
a
regímenes,
afectan
de
manera
indiscriminada
al
conjunto
de
la
población,
en
particular
se
señala
el
embargo
de
los
Estados
Unidos
contra
Cuba,
y
del
Consejo
de
Seguridad
contra
el
pueblo
Iraquí,
que
por
las
dimensiones
alcanzadas
debe
tildarse
de
criminal.
II.
RECOMENDACIONES
ENCUANTO
A
LA
EXIGIBILIDAD,
RESPONSABILIDAD
Y
JUSTICIABILIDAD
DE
LOS
DESC
Y
DERECHOS
COLECTIVOS
:
1.)
En
cuanto
a
la
exigibilidad
se
recuerda
que
en
tanto
derechos
contemplados
en
el
conjunto
del
Derecho
Internacional
de
los
Derechos
Humanos,
son
en
toda
legitimidad,
incontestablemente
exigibles
en
su
respeto
y
realización
de
manera
inmediata.
1.)
En
cuanto
a
la
responsabilidad
se
insiste
en
que
las
hay
de
tipo
individual,
en
el
caso
de
gobernantes
u
otros
funcionarios
públicos,
como
en
relación
con
la
acción
de
gerentes
de
empresas
nacionales,
transnacionales,
y
de
los
organismos
financioeros
internacionales.
Hay
responsabilidades
individuales
y
hay
responsabilidades
colectivas,
hay
responsabilidades
de
las
personas
físicas
y
las
hay
de
las
personas
jurídicas
o
morales.
2.)
En
cuanto
a
la
justiciabilidad
se
recomienda
en
primer
lugar
la
utilización
de
todos
los
mecanismos
existentes,
que
puede
traducirse
en
acciones
constitucionales,
civiles,
penales
y
en
el
uso
de
los
mecanismos
internacionales
disponibles.
Se
recuerda
en
todo
caso
que
no
podemos
dejar
de
tener
en
cuenta
quiénes
son
los
que
se
benefician
en
el
desconocimiento
o
violación
de
estos
derechos
tanto
a
nivel
nacional,
como
internacional,
y
tener
en
cuenta
que
las
responsabilidades
colectivas
no
se
limitan
a
una
suma
de
responsabilidades
individuales.
3.)
Se
debe
avanzar
en
la
definición
de
los
crímenes
contra
el
disfrute
de
los
derechos
económicos,
sociales
y
culturales,
así
como
contra
la
realización
y
respeto
de
los
derechos
colectivos.
Si
no
lo
logramos
la
lucha
contra
la
impunidad
por
la
violación
de
estos
derechos,
que
afectan
millones
de
vidas
en
el
planeta,
carecerá
de
un
instrumento
objetivo
de
actuación.
4.)
Se
insiste
en
que
más
allá
de
los
Estados
hay
nuevos
actores
que
son
sujeto
de
justiciabilidad,
de
manera
notable
:
A.
las
instituciones
financieras
internacionales
que
tienen
obligaciones
a
tres
niveles
:
a)
En
sus
cartas
constitutivas,
que
contemplan
orientaciones
y
principios
reiteradamente
desconocidos
por
quienes
dirigen
estas
instituciones.
b)
Las
obligaciones
que
tienen
de
cara
al
conjunto
de
declaraciones,
principios,
y
responsabilidades
que
hacen
parte
del
Derecho
Internacional
de
los
Derechos
Humanos.
c)
Los
mecanismos
institucionales
de
control
interno
como
los
Paneles
de
Inspeccción
del
Banco
Mundial
o
las
cláusulas
contempladas
en
el
Sistema
Generalizado
de
Preferencias.
B.
Las
transnacionales,
sobre
las
cuales
se
recomienda
:
a)
Primero
que
sean
perseguidas
judicialmente
en
sus
países
sede,
de
sus
casas
matrices,
y
a
las
que
además
se
les
debe
decretar
la
muerte
jurídica,
para
que
administrativamente
sean
sancionadas
privándolas
de
sus
licencias
de
funcionamiento,
igual
procedimiento
debe
desarrollarse
en
aquellos
países
donde
tienen
inversiones.
b)
Deben
ser
confontradas
a
códigos
de
conducta,
de
referencia
ética,
para
monitorear
sus
inversiones
o
sus
acciones.
c)
Debemos
utilizar
los
tribunales
nacionales
en
búsquedad
de
defensa
de
los
principios
constitucionales
cuando
sea
posible,
de
los
tribunales
civiles
en
búsquedad
de
reparación,
y
actuar
ante
los
tribunales
penales
para
que
las
responsabilidades
individuales
se
traduzcan
en
justicia.
5.)
Se
establece
en
todo
caso
que
frente
a
la
dimensión
de
esta
problemática,
y
la
gravedad
de
estas
violaciones,
los
tribunales
nacionales
son
insuficientes
para
hacer
viable
la
justiciabilidad
que
se
requiere,
por
tanto
debemos
comprometernos
denodadamente
en
desarrollar
mecanismos
internacionales
que
nos
permita
hacer
frente
al
desconocimiento
de
estos
derechos
y
a
la
impunidad,
sobre
la
base
de
los
siguientes
presupuestos
:
a)
Deben
en
todo
caso
ser
juzgados
y
sancionados,
tanto
los
corruptores
como
los
corrompidos.
Sancionándose
también
a
aquellos
que
contribuyen
al
blanqueo
de
dineros
procedentes
de
enriquecimientos
ilícitos,
en
detrimento
de
sus
pueblos.
b)
Estos
crímenes
no
pueden
ser
objeto
en
ningún
caso,
en
tanto
tengan
las
dimensiones
de
crímenes
contra
la
humanidad,
ni
de
amnistías,
indultos
o
prescipciones.
c)
Para
hacer
posible
la
promoción
adecuada
de
conciencias
que
generen
solidaridad
y
resistencia
civil
a
escala
planetaria,
es
bueno
apovechar
la
experiencia
especialmente
rica
de
la
promoción
de
tribunales
internacionales
de
opinión
que
pueden
desarrollarse
a
nivel
nacional,
regional
o
intercontinental,
como
se
ha
hecho
en
relación
contra
los
crímenes
de
lesa
humanidad,
frente
a
lo
cual
la
región
latinoamericana
ha
consolidado
una
memoria
histórica
a
ser
valorada
por
otras
regiones,
y
proyectada
para
condenar
éticamente
a
quienes
son
beneficiarios
y
responsables
de
la
violación
sistemática
y
generalizada
de
los
derechos
sociales
económicos
y
culturales,
como
de
los
derechos
colectivos.
d)
Se
proponen
dos
alternativas
de
justiciabilidad
a
nivel
mundial
:
1.
La
ampliación
del
estatuto
de
la
Corte
Penal
Internacional
adoptado
en
Roma
en
julio
de
1998
para
que
se
consagren
la
violación
de
estos
derechos
como
crímenes.
Se
observa
que
dado
que
hay
que
esperar
a
contar
con
60
ratificaciones
de
los
Estados,
y
que
a
partir
de
ese
momento
y
de
la
creación
efectiva
de
la
Corte,
los
estatutos
no
pueden
ser
revisados
sino
7
años
después,
tendríamos
que
trabajar
en
los
próximos
diez
años
para
alcanzar
tal
propósito.
2.
Se
propone
de
manera
más
amplia
la
creación
de
otra
Corte
Penal
Internacional
especializada
en
juzgar
las
responsabilidades
frente
a
los
crímenes
que
impiden
el
disfrute
de
estos
derechos,
y
que
pueda
sancionar
tanto
personas
jurídicas
-morales-
como
físicas.
III.
Qué
debemos
hacer
las
ONG,
las
ligas
afiliadas
a
la
FIDH
en
nuestros
respectivos
países
y
de
cara
a
la
comunidad
internacional
?.
1.)
Las
ONG
tenemos
la
obligación
de
formarnos
adecuadamente
en
los
conceptos
de
integralidad,
universalidad,
interdependencia
e
indivisibilidad
de
los
derechos
humanos.
Debemos
conocer
otras
experiencias
en
nuestra
propia
región,
o
en
otras
latitudes,
intercambiando
nuestros
logros
o
dificultades,
y
en
particular
profundizando
sobre
la
noción
de
que
los
Desc
y
los
derechos
Colectivos
son
exigibles
y
por
tanto
justiciables.
2.)
Pero
las
ONG
no
debemos
pretender
ser
los
abanderados
de
los
derechos
humanos,
las
distintas
expresiones
de
la
sociedad
civil
tienen
que
desarrollarse
en
si
mismas,
debemos
promover
que
las
propias
víctimas,
los
marginalizados,
los
excluídos
se
organicen
ellos
mismos
y
expresen
colectivamente
la
reivindicacíon
de
sus
derechos
a
través
de
sus
propias
luchas.
Estaremos
más
cerca
del
respeto
y
realización
de
los
derechos
humanos
cuando
los
movimientos
sociales
en
sí
mismos
se
hayan
apersonado
de
estos,
traduciendo
su
reclamo
en
acciones
y
movilizaciones.
3.)
Tenemos
que
impulsar
la
adopción
de
códigos
de
conducta,
de
ética,
al
interior
de
nuestros
propios
países
para
que
la
inversión
de
las
empresas
internacionales,
y
de
las
propias
empresas
nacionales
no
se
realice
en
detrimento
de
los
derechos
humanos.
Tenemos
que
utilizar
todo
nuestro
bagaje
en
la
lucha
contra
la
impunidad
respecto
a
los
derechos
civiles
y
políticos
para
enfrentar
la
violación
e
impunidad
respecto
a
los
derechos,
sociales,
económicos
y
culturales,
así
como
de
los
derechos
colctivos.
4.)
Respecto
a
los
Estados
debemos
reclamar
que
ratifiquen,
si
no
lo
han
hecho,
todos
los
tratados
internacionales
que
integran
el
conjunto
de
los
derechos
humanos,
y
promover
la
implementación
en
Naciones
Unidas
de
la
adopción
del
Protocolo
Facultativo
del
PIDESC,
que
facilite
la
presentación
de
quejas
individuales
ante
el
Comité
del
Pacto
de
Derechos
Sociales,
económicos
y
culturales.
5.)
Los
Estados
sin
importar
su
filosofía
política
o
su
modelo
económico
no
pueden
abstraerse
de
satisfacer
un
mínimo
de
derechos
que
garanticen
una
vida
digna
para
el
conjunto
de
la
población.
Deben
reconocer
por
tanto
que
el
reconocimiento
de
los
Desc
y
los
derechos
colectivos,
son
obligaciones
internacionales
de
cada
estado,
y
por
tanto
deben
adecuar
sus
legislaciones
internas
para
que
el
conjunto
de
la
población
pueda
exigirlos,
estableciendo
sistemas
judiciales
independientes
de
los
intereses
económicos
o
políticos
de
quienes
dirigen
los
Estados,
y
garantizando
la
implementación
de
recursos
judiciales
efectivos
que
permitan
la
defensa
de
su
obligatoriedad
ante
los
tribunales.
6.)
Los
Estados
en
su
conjunto
tienen
la
obligación
de
proteger
a
sus
pueblos
de
las
violaciones
de
estos
derechos
que
puedan
provenir
de
empresas
nacionales
o
multinacionales,
o
de
organismos
financieros
internacionales,
y
abstenerse
de
comprometerse
en
acuerdos
bilaterales,
o
multilaterales
que
puedan
desconocer
estos
derechos.
Debemos
influenciar
la
formulación
de
las
políticas
públicas.
Se
deben
establecer
las
formas
de
penalidad
o
sanción
respecto
de
quienes
violan
los
desc
y
los
derechos
colectivos.
Los
delitos
que
implican
graves
violaciones
de
estos
derechos,
deben
ser
considerados
al
mismo
nivel
de
los
crímenes
contra
la
humanidad,
y
por
tanto
no
deben
prescribir.
Los
estados
deben
adoptar
todas
las
medidas
administrativas,
políticas,
educativas,
judiciales
y
económicas
que
sean
necesarias
para
garantizar
el
goce
de
estos
derechos.
7.)
Se
debe
insistir
en
el
deber
de
promoción
que
tienen
los
estados
respecto
de
las
leyes
y
derechos,
se
destaca
con
preocupación
que
muchos
pueblos
no
tienen
un
acceso
equitable
a
la
justicia
o
a
la
institucionalidad
en
sus
respectivos
países
porque
sus
identidades
culturales
o
linguisticas
no
son
reconocidas
como
lenguas
oficiales
por
sus
estados
o
no
se
reconoce
la
multiculturalidad
en
el
seno
de
los
mismos.
Esta
discriminación
tiene
como
consecuencia
la
vulneración
de
un
número
importante
de
derechos.
Se
destaca
como
ejemplo
la
situación
de
la
lengua
y
la
cultura
amazigh
tanto
en
Marruecos
como
en
otros
países
de
Africa
del
Norte.
Todas
las
lenguas
y
culturas
deben
tener
un
reconocimiento
constitucional,
que
garantice
su
integración
como
tales
a
través
de
la
enseñanza
pública,
la
comunicación,
la
administración
y
la
justicia.
8.)
Cada
liga
afiliada
debe
hacer
un
informe
anual
sobre
la
evaluación
de
la
implementación
o
desconocimiento
de
los
Desc
en
su
respectivo
país
y
hacerlo
conocer
de
las
otras
ligas
de
la
región
y
de
la
federación.
9.)
Se
recuerda
de
igual
manera
que
es
importante
presentar
informes
alternativos
al
Comité
del
Pacto
de
Derechos
Civiles
y
Políticos,
y
presionar
a
los
Estados
para
que
presenten
sus
respectivos
informes.
IV.
RECOMENDACIONES
PARA
LA
FEDERACIóN
INTERNACIONAL
DE
DERECHOS
HUMANOS
:
1.)
La
articulación
de
un
grupo
de
expertos
sobre
la
materia
que
tenga
una
adecuada
representación
de
todas
las
regiones.
2.)
Este
grupo
elaborará
una
guía
sobre
la
exigibilidad,
responsabilidad
y
justiciabilidad
de
estos
derechos.
Realizará
un
cuestionario
sobre
el
particular,
siguiendo
el
modelo
del
que
ha
sido
presentado
por
el
Grupo
de
Acción
Judicial
-
Gaj-
a
todas
las
ligas
sobre
la
jurisdicción
universal.
La
guía
tendrá
encuenta
las
respuestas
a
estos
cuestionarios,
e
incluirá
todos
los
instrumentos
existentes,
así
como
los
trabajos
adelantados
por
el
Grupo
de
Trabajo
sobre
Multinacionales
de
Naciones
Unidas.
3.)
Este
grupo
elaborará
un
plan
trienal
sobre
DESC,
cuyo
desarrollo
se
evaluará
en
el
próximo
congreso.
4.)
El
grupo
igualmente
buscará
implementar
junto
con
otras
organizaciones
y
redes,
el
Observatorio
Internacional
sobre
Desc,
e
implementará
las
acciones
urgentes
a
través
de
una
Central
de
Alerta.
5.)
El
grupo
prepará
un
inventario
y
una
agenda
sobre
las
organizaciones
y
redes,
como
sobre
los
eventos
que
se
implementarán,
a
nivel
nacional,
regional
y
mundial,
de
manera
a
evitar
la
duplicación
de
esfuerzos,
y
para
hacer
más
efectivo
el
impacto
de
nuestros
esfuerzos
y
retos.
6.)
Se
facilitará
el
intercambio
de
experiencias
entre
los
países
del
Sur
y
del
Norte,
apoyando
los
seminarios
regionales
y
desarrollando
misiones.
7.)
Se
interlocutará
de
mejor
manera
respecto
a
todos
los
mecanismos
internacionales,
sistemas
financieros
interestatales
(FMI,
Banco
Mundial)
o
privados,
las
Naciones
Unidas,
y
en
particular
la
OMC.
8.)
Se
seguirá
incidiendo
en
los
códigos
de
conducta
o
éticos
para
las
empresas
de
manera
a
influir
en
el
respeto
de
estos
derechos.
9.)
Se
desarrollarán
campañas
globales
para
la
ratificación
de
los
instrumentos
internacionales
que
contemplan
estos
derechos,
en
particular
para
promover
el
Protocolo
del
Pacto
Internacional
de
Derechos
Sociales,
Económicos
y
Culturales,
de
manera
a
que
se
puedan
presentar
quejas
individuales
en
el
sistema
de
Naciones
Unidas,
también
se
recomienda
la
ratificación
por
todos
los
Estados
de
los
8
convenios
de
la
OIT,
sobre
los
derechos
de
los
trabajadores
migrantes,
el
derecho
de
asociación,
entre
otros
temas
esenciales
para
la
protección
de
las
garantías
sociales.
10.)
Se
desarrollarán
campañas
globales
igualmente
para
enfrentar
problemáticas
específicas
:
Deuda
externa,
ajustes
estructurales,
derecho
al
trabajo,
a
la
vivienda,
a
la
salud,
a
la
educación,
entre
otros.
Casablanca,
Marruecos
14
de
enero
del
2001.
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